El seguro de Resposabilidad Civil contratado por el colegio, ¿cubre los daños ocasionados en el local o pacientes, por ejemplo en caso de incendio? ¿Y los daños por caídas en el local?

 

La póliza colectiva contratada por el ICOFCV, es una póliza de Responsabilidad Civil de daños a terceros, en ningún caso estarán cubiertos los daños propios de incendio, robo, daños de aparatos, roturas de lunas, coberturas que tienen que estar contempladas en una póliza de Multirriesgo de Daños.

No obstante, la póliza cubre también la Responsabilidad Civil de Explotación:

4.1. Responsabilidad Civil explotación

Entendiéndose por talla responsabilidad civil derivada de:

4.1.1. La propiedad o uso por parte del Asegurado de los inmuebles o instalaciones, maquinaria, equipos u otros elementos, destinados al desarrollo de la actividad asegurada.

4.1.2. Las instalaciones de propaganda, letreros, rótulos luminosos y vallas publicitarias propiedad del Asegurado.

4.1.3. Los trabajos de ampliación, reparac1on, mantenimiento o reforma de las instalaciones, tan sólo cuando la consideración de obras menores según la licencia municipal reglamentaria.

4.1.4. El acceso a las instalaciones y locales utilizados para el ejercicio de la profesión por visitantes, clientes y proveedores.