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LA APLICACIÓN DE LA LEY DE LA DEPENDENCIA EXCLUYE A LOS FISIOTERAPEUTAS Valencia, 15 Diciembre 2008.- La Consellería de Bienestar Social ni ahora con Juan Cotino, ni antes con Alicia de Miguel ha tenido en cuenta que los dependientes necesitan del tratamiento terapéutico de un fisioterapeuta para mejorar su calidad de vida. Las numerosas reuniones entre el Colegio y Sindicatos con la Consellería no han servido de nada para hacer entender que es de vital importancia que tanto en las comisiones de evaluación como en las atenciones domiciliarias se cuente con la figura del Fisioterapeuta. El Decano del Colegio Oficial de Fisioterapeutas de la Comunidad Valenciana, D. Juan López Boluda no entiende cómo es posible que los Evaluadores que llevan a cabo las valoraciones de los dependientes no sean profesionales sanitarios. Para que la gente lo entienda, y sin faltar al respeto es como si la revisión de un coche la hiciera un pastelero. En la actualidad y hasta que se regule, la autorización a las empresas para la prestación del servicio de ayuda a domicilio se hace mediante la aplicación del artículo 47 de la ley 5/1997 que obliga a las empresas a cumplir una serie de requisitos entre los que destaca acreditar la contratación de un grupo de profesionales: un psicólogo, un trabajador social y auxiliares de clínica pero no cuentan con los Fisioterapeutas. A continuación se adjunta el escrito remitido a la Sra D. Alicia de Miguel, Consellera de Benestar Social en el 2006 al hilo de este mismo tema. En él que se manifestaron las inquietudes acerca de la aplicación de la Ley de Dependencia y la justificación del por qué los Fisioterapeutas deben de estar presentes tanto en la Evaluación como en la atención domiciliaria de la Ley de Dependencia.
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